jueves, 23 de febrero de 2012

¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS?

¿Qué son los derechos humanos? 

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
UNICEF/ HQ04-0734/Jim HolmesUN Photo/John IsaacUN Photo/John Isaac 
Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.  

Iguales y no discriminatorios

UNICEF photo
La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Derechos y obligaciones

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

martes, 21 de febrero de 2012

LA LLORONA

Vagando por las calles, su escalofriante lamento atemorizó durante siglos a todo aquel que lo escuchaba y generando unas de las leyendas urbanas más conocidas de Mexico. La Llorona - Un Alma en Pena

Consumada la conquista y poco más o menos a mediados del siglo XVI, los vecinos de la ciudad de México se recogían en sus casas con el toque de queda, avisado por las campanas de la primera Catedral; a media noche y principalmente cuando había luna, despertaban espantados al oír en la calle, tristes y prolongadisimos gemidos, lanzados por una mujer a quien afligía, sin duda, honda pena moral o tremendo dolor físico.

Las primeras noches, los vecinos se resignaban a santiguarse por el temor que les causaban aquellos lúgubres gemidos, que según ellos, petenecían un ánima del otro mundo; pero fueron tantos y tan repetidos y se prolongaron por tanto tiempo, que algunos osados quisieron cerciorarse con sus propios ojos qué era aquello; y primero desde las puertas entornadas, de las ventanas o balcones, y enseguida atreviéndose a salir a las calles, lograron ver a la que, en el silencio de las oscuras noches o en aquellas en que la luz pálida de la luna caía como un manto vaporoso lanzaba agudos y agónicos gemidos.

Vestía la mujer un traje blanco y un espeso velo cubría su rostro. Con lentos y callados pasos recorría muchas calles de la ciudad, cada noche tomaba distintas calles, pero siempre pasaba por la Plaza Mayor (hoy conocida como el Zocalo de la Capital), donde se detenía e hincada de rodillas, daba el último angustioso y languidísimo lamento en dirección al Oriente; después continuaba con el paso lento y pausado hacia el mismo rumbo y al llegar a orillas del lago, que en ese tiempo penetraba dentro de algunos barrios, como una sombra se desvanecía entre sus aguas.

"La hora avanzada de la noche, - dice el Dr. José María Marroquí- el silencio y la soledad de las calles y plazas, el traje, el aire, el pausado andar de aquella mujer misteriosa y, sobre todo, lo penetrante, agudo y prolongado de su gemido, que daba siempre cayendo en tierra de rodillas, formaba un conjunto que aterrorizaba a cuantos la veían y oían, y no pocos de los conquistadores valerosos y esforzados, quedaban en presencia de aquella mujer, mudos, pálidos y fríos, como de mármol. Los más animosos apenas se atrevían a seguirla a larga distancia, aprovechando la claridad de la luna, sin lograr otra cosa que verla desaparecer llegando al lago, como si se sumergiera entre las aguas, y no pudiéndose averiguar más de ella, e ignorándose quién era, de dónde venía y a dónde iba, se le dio el nombre de La Llorona."

El Origen de la Llorona

El antecedente mas conocido de la leyenda de la llorona tiene sus raices en la mitologia Azteca. Una versión sostiene que es la diosa azteca Chihuacóatl, protectora de la raza. Cuentan que antes de la conquista española, una figura femenina vestida de blanco comenzó a aparecer regularmente sobre las aguas del lago de Texcoco y a vagar por las colinas aterrorizando a los habitantes del gran Tenochtitlán.

"Ay, mis hijos, ¿dónde los llevaré para que escapen tan funesto destino?", se lamentaba.

Un grupo de sacerdotes decidió consultar viejos augurios. Los antiguos advirtieron que la diosa Chihuacóalt aparecería para anunciar la caída del imperio azteca a manos de hombres procedentes de Oriente. La aparición constituía el sexto presagio del fin de la civilización.

Con la llegada de los españoles al Continente Americano, y una vez consumada la conquista de Tenochtitlan, sede del Imperio Azteca, años mas tarde y después de que murio Doña Marina, mejor conocida como la "Malinche" (joven azteca que se convirtió en amante del conquistador español Hernán Cortés), se decía que esta era la llorona, la que venía a penar del otro mundo por haber traicionado a los indios de su raza, ayudando a los extranjeros para que los sometieran.

Representa normalmente a una madre que se lamenta por la pérdida de sus hijos y siempre aparece con un vestido y velo blancos aunque puede variar según la historia o la región donde aparece.

Las "Otras" Lloronas

Esta leyenda se extendio a otros lugares del Pais, manifestandose de diversas maneras. En algunos pueblos se decía que la llorona era una joven enamorada que habia muerto en vísperas de la boda y traía al novio la corona de rosas blancas que nunca utilizó.

En otras partes, se creía que era una madre que venía a llorarle a sus hijos huerfanos.

Algunos afirman que es una mujer que ahogó a uno de sus hijos y por la noche lo busca a lo largo de los riachuelos o quebradas, exhalando prolongados lamentos.

Otra descripción de la llorona es la siguiente: [
Mujer de figura desagradable, alta y desmelenada, de vestido largo y rostro cadavérico. Con sus largos brazos sostiene a un niño muerto. Pasa la noche llorando, sembrando con sus sollozos lastimeros, el terror en los campos, aldeas, y aún en las ciudades.

Se hace referencia a este personaje acorde con la tradición oral, donde se le define como una madre soltera que decidió no tener a su hijo y por eso aborta, acarreándole esto el castigo de escuchar permanentemente el llanto de su niño. Este castigo la desesperó y la obligó a deambular por el mundo sin encontrar sosiego, llorando, gimiendo e indagando por el paradero de su malogrado hijo.